Compromiso ético

La RICP (Revista do Instituto de Ciências Penais) se guía, éticamente, en el proceso de edición y publicación, por las recomendaciones del COPE (Committee on Publication Ethics), así como por las directrices básicas formuladas por el CNPq (Conselho Nacional de Desenvolvimento Científico e Tecnológico). La revista se compromete con la celeridad del proceso editorial, con el objetivo de proporcionar una difusión ágil y de calidad del conocimiento científico.
En consonancia con el espíritu y los objetivos del libre acceso a los contenidos editoriales, se ofrece a los lectores y académicos el acceso a la RICP de forma gratuita, y se autoriza su reproducción, total o parcial, siempre que sea únicamente con fines educativos y científicos, y si se hace la citación completa de la fuente y los créditos de autoría, según la licencia CC BY-NC 4.0 (Creative Commons Atribución-NoComercial 4.0 Internacional).

1. Obligaciones del equipe editorial

1.1 Procedimiento de avaluación de los artículos

1.1.1 Los artículos son sometidos inicialmente a un análisis previo de adecuación formal (desk review), realizado por el equipo editorial, verificando su cumplimiento de los requisitos formales de envío, la ausencia de plagio, su adecuación a las normas editoriales de la revista y su viabilidad para la publicación.

1.1.2 Posteriormente, los artículos se envían a dos evaluadores para que evalúen su contenido, según los términos del sistema de evaluación double-blind peer-review.

1.1.3 Todas las actividades de la RICP se guían por la excelencia en el contenido de los manuscritos y por la libertad de expresión, quedando prohibidas las censuras o restricciones basadas en los vínculos políticos o ideológicos de los autores, o cualquier otra forma de discriminación, siempre que no inciten a la práctica de actos violentos.

1.1.4 Es posible que los editores publiquen artículos y reseñas, siempre que no participen en ninguna fase del proceso de evaluación y que se garantice el anonimato de los evaluadores.

1.2 Decisión sobre la publicación

1.2.1 Junto con el sistema de evaluación double-blind peer-review, en casos excepcionales, la RICP puede aceptar trabajos de autores invitados cuando considere que su contribución científica es de gran relevancia para el tema en cuestión.

1.3 Confidencialidad

1.3.1 El editor em jefe, los miembros del consejo editorial y otros miembros garantizan la confidencialidad y el secreto de la información sobre la envío de los artículos, compartiéndola únicamente con los propios autores, los evaluadores, los posibles evaluador, los miembros del consejo editorial y del equipo editorial de la RICP, y los organismos externos de control de calidad, con ocasión de la autoría.

1.3.2 Se prohíbe el uso de información privilegiada o de ideas obtenidas a través del proceso de envío de manuscritos, y los editores no pueden utilizarlas en beneficio personal o de terceros.

1.4 Corrección de errores

El editor o miembro del consejo editorial que constate, por cualquier fuente, la existencia de errores significativos en los manuscritos, se compromete a señalar la cuestión para que se realice la retractación y/o corrección del artículo.

2. Obligaciones de los autores

2.1 Autoría e coautoría

2.1.1 La identificación de los autores, así como la información sobre la financiación, los honorarios u otros beneficios recibidos para la investigación o la preparación del texto deben incluirse en el texto, aunque sea en una nota a pie de página. Sin embargo, estos elementos, así como los agradecimientos que puedan añadirse al cuerpo del texto en el momento de su envío, deben aparecer únicamente en el registro de autores y en el cuadro de comentarios de los editores. Así, se garantiza que los evaluadores no identifiquen la autoría de los textos.

2.1.2 Se considera autor a quien ha participado en la obra, asumiendo la responsabilidad pública de su contenido. La participación incluye: la redacción del trabajo o la revisión crítica del texto; la concepción, el esbozo o la reestructuración de las ideas, así como el análisis y la interpretación de los datos recogidos.

2.1.3 Todos los que hayan contribuido de forma significativa al trabajo deben figurar como coautores. Así, cuando la publicación trata de resultados obtenidos mediante una investigación colectiva, es necesario que se certifique la contribución y el consentimiento de todos los colaboradores.

2.1.4 La simple recopilación de datos, así como la mera provisión de recursos financieros y de infraestructura, no legitima la autoría. No obstante, la participación y la asistencia en los momentos relevantes de la investigación deben indicarse debidamente, preferiblemente en una nota a pie de página en los agradecimientos.

2.2 Referencias, fuentes y datos

2.2.1 Los autores deben indicar todas las referencias que han influido en su trabajo. Las referencias (legislativas, doctrinales, jurisprudenciales, etc.) deben contener todos los datos necesarios para su correcta identificación y localización, permitiendo a terceros replicar los pasos dados por los autores. En las citas de sitios de Internet, debe indicarse el enlace y la fecha de acceso.

2.2.2 La información obtenida de forma privada, como en conversaciones personales, correspondencia o discusiones con terceros, no debe ser utilizada ni transcrita, salvo las autorizadas por las fuentes correspondientes, requiriendo el consentimiento por escrito - que debe ser enviado junto con el trabajo presentado

2.2.3 Deben revelarse todas las fuentes de financiación de la investigación y cualquier conflicto de intereses existente que pueda influir en la investigación.

2.2.4 Cualquier manipulación y/o modulación de los datos, incluso los métodos de corrección estadística, deben ser identificados y justificados.

2.3 Publicaciones anteriores, simultáneas o posteriores

2.3.1 Los trabajos publicados previamente en anales de eventos científicos se considerarán inéditos siempre que presenten mejoras efectivas a partir de los debates desarrollados. Estas mejoras deben destacarse en el cuerpo del correo electrónico de envío al equipo editorial.

2.3.2 La envío simultánea del mismo artículo a otra revista científica está prohibido durante el proceso de evaluación por parte de la RICP.

2.3.3 Después de la publicación original en la RICP, siempre que lo autorice el equipo editorial y con la debida referencia a la publicación original, el mismo artículo puede publicarse en otros vehículos de información.

2.4 Posibles conflictos de intereses y errores

2.4.1 Todos los autores deben informar al equipo editorial de cualquier conflicto de intereses que pueda haber influido en los resultados y la interpretación de los datos.

2.4.2 Si los autores tienen conocimiento de algún error significativo en su artículo, deben notificarlo inmediatamente al equipo editorial de la RICP.

2.5 Derechos de autor, plagio y autoplagio

2.5.1 Plagio

Está prohibido utilizar frases, citas o conceptos de otros autores, de cualquier fuente, sin dar el debido crédito, sin excluir los casos en que sea de dominio público. Así, cuando se utiliza una idea en el trabajo, debe acreditarse expresamente, bajo pena de ser considerado plagio.

2.5.2 Autoplagio

Está prohibido utilizar frases, fragmentos de texto, argumentos o conclusiones que el autor ya haya publicado en otros vehículos de comunicación escrita, aunque sea en otro idioma, sin indicar expresamente en el texto la referencia del trabajo anterior. Salvo en los casos en que los textos sean de dominio público, se calificará como autoplagio.

2.5.3 Derechos de autor

2.5.3.1 Infracción de derechos de autor de terceiros

Al enviar sus artículos, los autores asumen la plena responsabilidad de su contenido. El equipo editorial de la RICP declina toda responsabilidad por el contenido de estos trabajos (así como por las opiniones, transcripciones, fuentes y datos presentados), y la parte que envíe el manuscrito, aceptando los términos y políticas editoriales de la RICP, deberá indemnizar a los editores y a terceros por cualquier daño material o moral causado por la violación de los derechos de autor, el plagio, la indicación contradictoria de la autoría y la conducta inapropiada de la investigación científica.

2.5.3.2 Derechos sobre los artículos

Todo el material presentado para su evaluación y publicación, así como los derechos de autor correspondientes, se transferirán a la RICP. Después de la primera publicación, los autores pueden utilizar los mismos resultados en otras publicaciones, indicando claramente que esta revista fue el medio de la publicación original.

3. Obligaciones de los evaluadores

3.1 Modelo de evaluación

3.1.1 De acuerdo com el sistema de evaluación double-blind peer-review, los artículos son revisados por pares, que no conocen ni al autor del manuscrito ni al otro evaluador que hace el doble, o trío, de análisis.

3.1.2 Las evaluaciones pueden contener correcciones técnicas y conceptuales, sugerencias de argumentación, adición o sustracción de datos, cambios en la estructura y el formato del texto, e incluso indicaciones bibliográficas, cuando sean indispensables para la actualización y fiabilidad del trabajo.

3.1.3 Las modificaciones pueden proponerse como mera sugerencia o como condición para su publicación. En este último caso, según la naturaleza de la condición impuesta y las posibles justificaciones del autor, su cumplimiento podrá ser dispensado por el equipo editorial.

3.2 Disponibilidad de los evaluadores

3.2.1 Todos los evaluadores tienen el deber de cumplir los plazos establecidos para la evaluación de los artículos recibidos. Si el evaluador no está disponible para dicho acto, deberá informar al equipo tan pronto como reciba la solicitud.

3.2.2 Cualquier evaluador que sea seleccionado y no se sienta cómodo para evaluar un determinado artículo, ya sea porque no se sienta capacitado para analizarlo o por otras razones personales o técnicas, deberá informar al jefe de redacción o al equipo editorial tan pronto como reciba la solicitud.

3.3 Confidencialidad

3.3.1 Todos los trabajos que se reciban para su revisión deben tratarse de forma confidencial y no deben mostrarse ni discutirse con terceros, ni utilizarse en beneficio propio. Esto se extiende a cualquier información e idea obtenida a través del proceso de evaluación.

3.4 Objetividad

Los evaluadores deben realizar las evaluaciones con objetividad, expresando sus notas con claridad y con justificaciones suficientes y razonables. Por lo tanto, se prohíbe el uso de la crítica excesiva, que trasciende la obra para alcanzar el decoro del autor.

3.5 Evaluación de las fuentes

3.5.1 Los evaluadores pueden, si es necesario para la integridad y fiabilidad del artículo evaluado, identificar trabajos relevantes para el tema que no hayan sido citados por los autores e indicarlos para su citación. Toda afirmación existente en la literatura debe ir acompañada de una cita pertinente y relevante.

3.5.2 El evaluador siempre debe alertar al equipo editorial de las similitudes o solapamientos sustanciales entre el artículo y cualquier otra publicación de la que tenga conocimiento, así como de cualquier otra posible infracción de los derechos de autor.

3.6 Conflicto de interesses

Los evaluadores no deben evaluar manuscritos en los que tengan conflictos de intereses derivados de la competencia, la colaboración u otros vínculos.

4. Análisis y selección de obras

4.1 Una vez recibido el trabajo, se informará inmediatamente a los autores. Los editores realizarán una evaluación preliminar de los elementos materiales y formales, de la ausencia de plagio, así como de la novedad, originalidad y relevancia del artículo.

4.2 Una vez cumplidos los requisitos mínimos, la evaluación se hará por el sistema double-blind peer-review. Para ello, se suprimirá del texto cualquier elemento que pueda indicar la autoría y se enviará a dos evaluadores anónimos que podrán aprobar (con o sin imposición de condiciones) o desaprobar el trabajo. En caso de desacuerdo entre los evaluadores originales, el trabajo se enviará a un tercer evaluador.

4.3 Las evaluaciones tienen el propósito de apoyar la decisión del editor responsable, que puede decidir lo contrario, siempre y cuando explique detalladamente sus argumentos para aprobar o desaprobar el trabajo.

4.4 El resultado del análisis se comunicará a los autores, que tendrán acceso sin restricciones a las evaluaciones anónimas.

4.5 Si el artículo es aprobado, con o sin condiciones, los editores evaluarán la pertinencia y oportunidad de su publicación. La decisión final sobre la publicación del texto corresponderá exclusivamente a los editores de la RICP.

4.6 Junto con el sistema de evaluación double-blind peer-review, en casos excepcionales se aceptarán trabajos de autores invitados cuando su contribución científica se considere muy relevante para el ámbito de la revista.

4.7 La publicación de las reseñas estará sujeta al modelo de revisión por pares abierta, que será llevada a cabo por uno o más editores.

4.8 Cada volumen publicará hasta 20 (veinte) artículos y 4 (cuatro) reseñas divididos en dos números con cierre previsto para el final de cada semestre.

4.9 A efectos de exogeneidad, cada número deberá contar con artículos de un mínimo de 1/5 (una quinta parte) de autores vinculados a IES extranjeras (instituciones de enseñanza superior) y un máximo de 1/4 (una cuarta parte) de autores vinculados a IES de Minas Gerais.